sábado, 31 de enero de 2015

INMEDIATA CONTRATACIÓN DE 132 DESEMPLEADOS DE SONSECA

¡¡ LA DIPUTACIÓN SUBVENCIONA LA CONTRATACIÓN DE 132 PERSONAS EN SONSECA !!

220.016 euros – 132 contratos

·  La Diputación de Toledo ha ofrecido al Ayuntamiento de Sonseca una subvención de 220.016 euros para contratar en 2015 a 132 personas desempleadas.
·   Recordamos que la Diputación de Toledo está gobernada por el Partido Popular y nunca hasta ahora había hecho un Plan de Empleo, y además, nada más y nada menos que de 10 millones de euros.
·     El reparto de los 10 millones se ha hecho por número de desempleados en cada municipio que es lo más justo.
·         Hemos pedido al equipo de gobierno que el procedimiento de selección de los trabajos a hacer y de los trabajadores se realice por consenso entre los grupos políticos, pero el alcalde nos han dicho que de eso nada.

Adjuntamos el enlace al Boletín de la Provincia de Toledo donde se ha publicado esta convocatoria y puedes encontrar toda la información.

Anunciante : DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

·                                 Número de inserción : 589 Ver anuncio descargar pdfTipo de anuncio : Convocatoria
·                                 Resumen/Asunto : Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones en el marco del Plan Provincial de Dinamización Económica Local 2015 a desarrollar en los municipios de la provincia de Toledo durante el ejercicio de 2015

 ¡¡ EXCELENTE NOTICIA !!


viernes, 23 de enero de 2015

Boletín Informativo Enero 2015

¡¡ 4 AÑOS DESPUÉS… NADA DE NADA,
SÓLO MÁS CONTRIBUCIÓN!!

SUBIDÓN DE CONTRIBUCIÓN SOCIALISTA

·         “es un robo” “cómo pueden subirme tanto la contribución” “voy a tener que trabajar sólo para pagar la subida de la contribución”. Son sólo algunas de las expresiones que nos habéis mandado los sonsecanos por el subidón de contribución que nos está realizando el Psoe en Sonseca.
·         Además en este asunto nos han estado mintiendo durante 3 años, diciéndonos que la subida de la contribución lo hacía el catastro, pero callándose que lo había solicitado el propio Alcalde de Sonseca por carta.

POLÍGONO VILLA DE SONSECA. EL ALCALDE COBRA A LOS PROPIETARIOS SIN ACABAR LAS OBRAS EN CUATRO AÑOS.

·         El Psoe rechaza todas las alegaciones de los propietarios amparándose en que toda la tramitación y documentación es correcta.
·         Reconoce explícitamente en más de 40 ocasiones que la reparcelación estaba bien en mayo de 2011. El Alcalde nos mintió reiteradamente en la radio diciendo que estaba mal.
·         El alcalde quiere que los propietarios paguen un sobreprecio eléctrico:  línea eléctrica Burguillos – Sonseca, transformadores eliminados por la empresa suministradora, … (adjuntamos anexo informativo)
·         Lo único que ha cambiado del polígono Villa de Sonseca de 2011 a 2014 es que llevamos 4 años para finalizar unas obras y que el Alcalde dio gratuitamente una parcela valorada en 60.000 euros a su amigo, con los informes técnicos en contra.

EL REGALO DE LA PARCELA QUE HIZO EL ALCALDE A SU AMIGO.

·        El asunto está siendo ya juzgado por los tribunales de Toledo.
·         Hasta la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pidió al Ayuntamiento de Sonseca que declarara nulo el Decreto del Alcalde por el que daba gratuitamente una parcela propiedad del Ayuntamiento a su amigo.
·         Nosotros pedimos documentación y la constitución de una comisión de portavoces para investigarlo; el Alcalde denegó todo. En Junio de 2014 nos enteramos que el asunto es grave y está en un juzgado.
·        Veremos que dice el juez, si da la razón al Alcalde y su amigo, o si por el contrario, como deseamos, da la razón a la Junta, al grupo municipal del Partido Popular y a todos los sonsecanos.

LA JUNTA DE COMUNIDADES PAGA TODO AL AYUNTAMIENTO DE SONSECA Y A TODOS LOS MUNICIPIOS.

·        Nos alegramos que la Junta haya vuelto a cumplir con el Ayuntamiento de Sonseca.

LA JUNTA MODIFICA LA LEY DE URBANISMO PARA FAVORECER A EMPRENDEDORES Y CREACIÓN DE EMPLEO

·        Favorece extraordinariamente a los propietarios de naves de uso agrícola, ganadero, comercial e industrial. También favorece a los cooperativistas de Peñamiel 3. (por su importancia y complejidad adjuntamos anexo informativo)

LA OBRA DE LA CALLE DON CÉSAR PÉREZ UN MAL EJEMPLO

·        ¿por qué se niega el alcalde a contestar en los plenos cuando le hemos preguntado por las obras de la calle D. César Pérez?
·        La reunión con los vecinos fue el mismo día que empezaban las obras, sólo dos horas antes. Ni transparencia ni participación ciudadana.
·        Pensamos que no era necesaria esa obra para eliminar aparcamientos (¿ahora dejan aparcar en los adoquines de acera?).
·         Pensamos que sí había que reparar la calle y las aceras que la empresa del gas había deteriorado; por tanto, esta empresa lo tenía que haber pagado. No se lo han exigido a la empresa y nos ha costado 75.000 euros a los sonsecanos.

Y mientras tanto, seguimos sin crear empleo, con las calles, plazas, parques y caminos sucios y sin mantenimiento.
El alcalde criticó la compra de la máquina de barrer las calles, la encerró dos años, y ahora, es la que limpia un poco. La barredora la compró el Ayuntamiento con el gobierno del PP.

¡¡ EL PSOE, cuatro años después, NADA DE NADA !!




INJUSTIFICABLE EL SOBREPRECIO ELÉCTRICO A SONSECA

Con los siguientes documentos queremos demostrar que no es verdad que Sonseca necesita más suministro eléctrico (algo de sentido común porque el consumo ha bajado al igual que ha bajado la actividad industrial de nuestro pueblo).

Los sonsecanos NO tenemos que pagar ni un euro por la “inexistente nueva línea de Burguillos a Sonseca” como reiteradamente pide el Alcalde de Sonseca.

Los documentos que vamos a continuación a extraer, están disponibles en la propia página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Pueden consultarlo en el siguiente enlace.


                NUEVAS LÍNEAS A CONSTRUIR                



IMPORTANTE:
1.    Puede observarse que NO existe ninguna nueva línea eléctrica entre Toledo y Sonseca, ni en el plan 2008-2016, ni en el nuevo 2012-2020.

2.    Además, en la Junta (ni en Industria, ni en Medio Ambiente) se ha aprobado ninguna ampliación de ninguna línea eléctrica Toledo-Sonseca.


                LÍNEAS EXISTENTES A REPOTENCIAR                    


CONCLUSIONES:
1.    El Ministerio  justifica que las demandas de energía con los datos aportados por todos los agentes estarán cubiertos hasta 2020. Por tanto, entiende que la subestación eléctrica de Sonseca no necesita ninguna línea eléctrica nueva, ni repotenciación de la existente.

2.    Iberdrola está obligada a dar suministro eléctrico a Sonseca con las demandas planteadas hasta noviembre de 2011 (tal y como recoge el Ministerio) sin incrementar costes por suministro, incluyendo el Polígono Villa de Sonseca y Peñamiel 3.

3.  Por tanto, NO HAY QUE PAGAR NI UN € COMO QUIERE EL ALCALDE a IBERDROLA. Reiteramos que ni el Ayuntamiento, ni los propietarios de parcelas del Polígono, ni de Peñamiel 3 tienen que pagar ni un céntimo de más a Iberdrola. 

domingo, 18 de enero de 2015

VENTAJAS EN URBANISMO. +Emprendedores +Empleo


El Gobierno de Castilla-La Mancha adapta la Ley de Urbanismo para favorecer el desarrollo empresarial. (Diario Oficial de CLM. 03-12-2014)



1.- Se permite la ampliación de instalaciones industriales existentes a menos de 200 metros del suelo urbano.

Con la modificación del ‘artículo 54. El régimen del suelo rústico’ en el punto 3.a) se completa la definición de riesgo de formación de núcleo de población, exceptuando de este supuesto las ampliaciones de instalaciones industriales o productivas ya existentes, que por tanto, podrían ampliarse.

Con esto se consigue que muchas instalaciones industriales o productivas ya existentes e implantadas en Sonseca que no podían realizar ampliaciones por encontrarse a menos de 200 metros del suelo urbano o urbanizable, impidiendo el crecimiento y ampliación de dichas empresas por poder entorpecer los desarrollos urbanísticos, los cuales en la mayoría de los casos no se van a producir en los próximos años, a partir de ahora sí pueden ampliarse.

2.- Se permite actividades del sector primario con transformación de productos en suelo rústico.

Se ha modificado el ‘artículo 54. El régimen del suelo rústico’ en el artículo 1.2º.e) eliminando la restricción existente para las edificaciones con transformación de productos, por lo que se podrán permitir actividades relacionadas con el destino y la naturaleza de la finca aunque haya transformación de productos como bodegas, almazaras o queserías.

De esta forma se evita la situación que se daba anteriormente según la cual una finca cuya naturaleza era generar un producto, cuando quería hacer una primera transformación en la que ganar un importante valor añadido se encontraba en la necesidad de emplazarse en un polígono industrial que no teníamos (o estar ilegalmente), ya que su actividad se consideraba como actividad industrial no propia del suelo rústico.

Recordar que se permiten actividades provisionales en naves ya edificadas fuera de ordenación urbanística. (esta facilidad ya se viene aplicando anterior a esta modificación legislativa de diciembre de 2014).


3.- Posibilidad de suspender los Programas de Actuación Urbanizadora en desarrollo en base a las circunstancias económicas.

Mediante la ‘Disposición Transitoria Cuarta. Suspensión temporal de la ejecución de los Programas de Actuación Urbanizadora’ en los que se encuentren en desarrollo podrán suspenderse los plazos de ejecución durante 2 años en base a causas justificadas de interés público, o si la viabilidad económica de la actuación lo aconseja, debiendo ser acordado por el Pleno del Ayuntamiento.

Con esta medida se consigue que se estudie y analice durante un tiempo la viabilidad de las actuaciones urbanísticas en desarrollo, ya que hasta ahora sólo podían pedirse prórrogas de plazos, o resoluciones de los Programas de Actuación Urbanizadora, consiguiendo que se puedan acabar de desarrollar los procedimientos ya iniciados.

        Ejemplo en Sonseca: Peñamiel 3.


4.- Posibilidad de realizar actividades en suelo rústico de especial protección que permita el órgano sectorial que establece la protección.

 También se modifica el ‘artículo 54. Régimen del suelo rústico’ en su punto 4 cambiando los condicionantes necesarios para permitir actividades en suelo rústico de especial protección, y primando la opinión del órgano sectorial que establece la protección, asegurando en todo caso que priman los valores por los que se ha establecido la protección de ese suelo.

De esta forma, si el órgano que ha establecido una protección en un suelo autoriza una actividad mediante los informes pertinentes, no es necesario que aparezca expresamente permitido por el planeamiento del ayuntamiento como ocurría hasta ahora, sino que bastará con que no esté prohibido por dicho planeamiento.

En definitiva, se ha modificado la legislación urbanística para favorecer el Desarrollo Empresarial de Castilla-La Mancha, ELIMINANDO TRABAS URBANÍSTICAS Y COMPLEJAS TRAMITACIONES.